COLUMNISTASInstitucionales

Votar y no aclamar

A partir de las bases doctrinarias de las organizaciones de la economía social y desde la observación de actuales usos y costumbres, deseo introducir una reflexión sobre la necesidad de revisar la práctica del voto por aclamación para la toma de decisiones en las Asambleas de asociados de las cooperativas y mutuales.

El principio cooperativo de control democrático por sus miembros dice que: “Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros, que participan activamente en el establecimiento de sus políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres que sirven como representantes elegidos son responsables ante los miembros. En las cooperativas primarias, los miembros tienen los mismos derechos de voto (un miembro, un voto) y las cooperativas, en otros niveles, también se organizan de manera democrática».

A su vez el principio democrático del mutualismo dice: «El sistema democrático en su profundo significado se expresa y concreta en la mutualidad, la igualdad se concreta en el uso de los servicios sociales, en la participación con un voto de los asociados activos, en la presencia y en la responsabilidad de todos en asambleas soberanas».

En base a estos lineamientos doctrinales las leyes de mutuales n° 20321 y de cooperativas n° 20337 incluyen la democracia entre sus características esenciales de identidad y organización.

Por ello, la democracia igualitaria es un auténtico pilar en la organización, gestión, control y desarrollo de las entidades de la economía social que debe ser visto en forma sistémica junto con los demás principios y valores.

De la participación como invitado en diversas asambleas, he notado con cierta preocupación, que la práctica democrática en las entidades cooperativas mutuales que, en el tratamiento y puesta a consideración del punto del orden día sobre la elección de consejeros y síndicos en las cooperativas y de los órganos directivos y de fiscalización en las mutuales, se recurre a un mecanismo electoral denominado “voto por aclamación”. Ello implica, concretamente, poner a consideración una moción, debidamente apoyada, de votar la lista de candidatos sugeridos por el actual consejo de administración que incluye la sindicatura. Mecanismo que es legal, de acuerdo con las normas establecidas y la decisión asamblearia tomada, pero llama la atención que se vota a mano alzada y se consigue siempre la decisión por unanimidad.

Es decir, se pone a consideración sin discusión una moción, debidamente apoyada, de votar inmediatamente la lista de candidatos sugeridos por el actual consejo de administración que incluye la sindicatura. Práctica que es legal de acuerdo con las normas establecidas y la decisión tomada por la asamblea que es soberana, pero llama la atención que es votado a mano alzada y siempre con el resultado que consta en acta de, por unanimidad, aunque todas las manos no estuvieren en alto.

Por ello, considero que la implementación abusiva del “voto por aclamación” está debilitando la legitimidad de la dirigencia y quitando interés al asociado a participar. Tanto para integrar los consejos de administración o directivos, sindicaturas o fiscalización como la asistencia misma de las asambleas. Se genera una distancia por falta de participación que naturalmente e inercialmente aleja a los asociados de sus responsabilidades con la organización de la que son partes y dueños.

Votar o no votar no es lo mismo, no tiene similar intensidad organizacional, aunque haya una sola lista oficializada según lo previsto en los estatutos. El voto por aclamación deja calladas muchas voces de asociados y suele dejar paso libre a cierta dirigencia endogámica y cerrada interesada en la continuidad en sus cargos frenando posibles recambios en los consejos de administración o directivos, sindicaturas u órganos de fiscalización.

Es importante volver a valorizar el evento electoral en las asambleas, dado que el voto nominal, secreto, depositado en una urna cultiva la esperanza, disminuye tensiones y une al tejido social de las mutuales y cooperativas. El voto nominal y secreto es parte de la democracia y le otorga a los consejeros y síndicos electos más legitimidad y poder otorgado por la base de los asociados presentes en las asambleas.

Por el contrario, el voto por aclamación algunas veces elegido y propuesto por simplicidad, practicidad tiempo asambleario disponible u otras, las menos, por manejo intencionado y centralizado del poder, produce debilitamientos, apatías e indiferencias.

Siguiendo los principios doctrinales que mencionamos al inicio de esta nota, se debe construir una democracia en favor de la participación y del empoderamiento asociativo, poniendo énfasis en la metodología de designar las comisiones de escrutinios, sacar las urnas y llamar a todos y cada uno de los asociados, activos en el caso de las mutuales, acreditados en la asamblea a emitir su voto secreto.

Eduardo H. Fontenla
Lic. en Cooperativismo y Mutualismo y Lic. en Ciencia Política y Gobierno.
Buenos Aires, 24 de noviembre de 2021

Creo que la asamblea es el espacio de mayor importancia y representatividad institucional para debatir y consensuar ideas, que se fortalece con una democracia plena en las elecciones de sus dirigentes. Para finalizar la sugerencia es:  votar más y aclamar menos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *