ES NOTICIALO NUESTRO

PERMITEN A COOPERATIVAS PEQUEÑAS A ABRIR SUS PUERTAS AL PUBLICO

Cooperativas en cuarentena

La Resolución N°303 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES exceptúa a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) y/o Cooperativas licenciatarias TIC que presten servicios en localidades de menos de OCHENTA MIL (80.000) habitantes, en lo que respecta a la suspensión en forma completa de la atención al público, pudiendo proceder, mediante la implementación de guardias mínimas de atención a usuarios y usuarias al solo efecto de garantizar el funcionamiento del servicio y proceder al cobro de facturas, sin perjuicio del mantenimiento del sistema electrónico de atención comercial y de reclamos de emergencia que hubieren implementado en los términos de la Resolución ENACOM N° 303/2020.

Esta resolución es en respuesta a un pedido que habían realizado las entidades FECOTEL y FECOSUR a fin de explicar el perjuicio que llegaría a las pequeñas cooperativas que solo pueden cobrar los servicios por ventanilla.

Atentos a esta situación se promueve no sólo extremar las medidas de precaución sino también atender a la emergencia en cada localidad.

En tal sentido, aquellas cooperativas alcanzadas por esta medida y que retomen la atención al público, deberán hacerlo extremando las medidas de prevención ya extensamente indicadas y recomendadas. A tal fin, el art. 2º de la referida Resolución Nº 328/2020 dispone:

Establécese que a efectos de desarrollar la actividad indicada en el artículo 1°, las personas allí indicadas, deberán extremar la adopción de medidas conducentes a los efectos de evitar aglomeraciones y siempre respetar la distancia interpersonal recomendada; cumpliendo con la totalidad de las disposiciones emitidas por el

MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y por la SUPERINTENDENCIA DE RIESGO DEL TRABAJO respecto del tratamiento del COVID-19.

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