PRESENTACIÓN CONJUNTA DE FECOTEL Y FECOSUR
A propósito del Decreto 690/2020
Con fecha 31 de agosto se les presentó al Presidente del Ente Nacional de Comunicaciones, Claudio Ambrosini, a la Secretaria de Innovación Pública, Micaela Sanchez Malcom y al Subsecretario de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Argentina, Martín Olmos una nota vinculada al Decreto 690/20 recientemente sancionado. El texto completo es el siguiente:
De nuestra mayor consideración
Hace más de 60 años, estas organizaciones sin fines de lucro, nacieron ante la necesidad de llegar con servicios donde el Estado no lo hacía y tampoco las empresas privadas, hemos sido y somos una concreta muestra de universalización. Llegando a dar actualmente servicio a unas 2.000.000 de personas distribuidas en todo el país.
Las cooperativas crean puestos de trabajos en las localidades donde operan y generan oportunidades de desarrollo de esas economías a través de los servicios TIC’s. Dan trabajo a unas 9000 personas en forma directa y unas 36000 en forma indirecta. En cada localidad, contribuyen significativamente con el desarrollo socio económico brindando internet a escuelas, hospitales, organismos de la administración pública, bancos, empresas y a los múltiples actores interesados e involucrados en una sociedad y economía cada día más dependiente de la conectividad esencial, empezando hoy por casa.
Esto muestra que estas entidades están especialmente preparadas para contribuir a reducir la brecha digital y a través de eso sumar más servicios, satisfacer un creciente número de necesidades. El mercado TIC nacional es dominado por 3 operadores incumbentes, Telecom, Telefónica y Claro. Esto se manifiesta en forma más contundente en el segmento de comunicaciones móviles, dónde son los únicos operadores con red.
Los prestadores apuntan a carteras de servicios 4 Play como una medida defensiva de sus clientes e ingresos y en general usan el segmento móvil como una forma de atraer los clientes de otros prestadores. Las cooperativas, tienen una escala más de 1.000 veces menor que los incumbentes, menores ingresos y están expuestas a su poder negociador, en algunos casos por necesitar de su conectividad.
Esto muestra la enorme asimetría de poder y de escala entre incumbentes y cooperativas. También muestra la necesidad de un Estado que no deje desprotegido a un sector de la población que, asociada para autosatisfacer sus necesidades esenciales de comunicaciones, trabaja, estudia, vive vinculado por estas autoprestaciones y demanda un tratamiento acorde, no corresponde tratar a todos de la misma forma, eso no es igualar, eso puede ser extremadamente lesivo y lesivo para la gente que intenta la resolución de sus problemas que afectan, cada vez con más evidencia, la vida misma a lo largo y ancho de nuestra Patria.
Las cooperativas se han visto afectadas por las acciones derivadas del DNU 311/2020; sus servicios no tienen el mismo costo que para un incumbente y la incobrabilidad las afecta de mayor manera; además la necesaria relación con las incumbentes representa un costo en dólares estadounidenses. A esto, se suma hoy el DNU 690 que congela los precios a nuestros asociados y clientes en pesos argentinos.
Por estas razones solicitamos de parte del gobierno las siguientes acciones: Federación de Cooperativas de Telecomunicaciones de la República Argentina Ltda. 1. Establecer un tope mayorista al precio del Mbps en servicios de IP Transit (acceso a internet) para cooperativas de telecomunicaciones y organizaciones afiliadas a nuestras federaciones. Está demostrado que con la aparición de ARSAT como alternativa los precios bajaron. Destacamos el rol de ARSAT en el acceso de las cooperativas a su aprovisionamiento -conectividad- de internet y estimulamos la continuidad de su política de precios como moderador referencial.
2. Extender el beneficio del artículo 7 de la Resolución 286/18 (Enacom) a todas las cooperativas entendiendo que comprende todos los cargos de interconexión de telefonía. Resumidamente, todo lo que factura y cobra cada uno de los interconectados por servicios (propios y o de terceros) es para cada uno y el intercambio se realiza en el punto de interconexión.
3. Que se admita, oportunamente, mecanismos que permitan aumentar los precios de los servicios en cooperativas, si los costos de los mismos superan los ingresos, con el fin de asegurar la continuidad. Nótese que el Art. 2° del DNU 690 señala que «Artículo 48: Regla. Los licenciatarios y las licenciatarias de los servicios de las Tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, deberán cubrir los costos de la explotación, tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación».
4. Que el servicio mínimo de internet en las cooperativas sea el mínimo servicio actual. Esto ayudará a las cooperativas que tienen usuarios con 1Mbps. Entendemos que el servicio mínimo deseable sea de 2Mbps, pero algunas redes aún no están preparadas y necesitamos esta alternativa hasta que lo estén. Sabemos que es poco, mucho mejor que nada.
5. Un Programa de Conectividad para cooperativas que brinde acceso a ANRs a través de un proceso adecuado al sector cooperativo y al fortalecimiento del mismo. Esto les permitirá continuar desplegando redes y así llegar a más personas con mejores servicios. Debe considerarse que las inversiones necesarias son mayormente en dólares estadounidenses y se están alejando cada vez más del alcance de las cooperativas. Esto está alineado a los considerandos del DNU 690: «la convergencia de tecnologías constituye parte de la naturaleza misma del desarrollo del sector, por lo cual es un deber indelegable del Estado nacional garantizar el acceso y uso de las redes de telecomunicaciones utilizadas en la prestación de los servicios de TIC…» Estos ANRs son para el despliegue de redes esenciales para la convergencia de servicios.
6. Tener prioridad en el despliegue de la REFEFO, para que la misma interconecte el mayor número de cooperativas posible, de forma tal que las mismas puedan tener ahorros operativos por usar esa red interurbana entre cooperativas para compartir redes y servicios.
7. Que se promuevan los marcos tendientes que permitan a las cooperativas entrar al segmento móvil 4G (y oportunamente -cuando se determine- 5G) en forma sustentable. Lo cual hoy es inviable por las enormes barreras de entrada de los incumbentes. Este pedido está alineado a los considerandos del DNU 690 que expresan «se produjo un desarrollo exponencial de la telefonía celular, convirtiéndose en la actualidad en el medio de comunicación más importante, incluyendo la transmisión de datos…». Federación de Cooperativas de Telecomunicaciones de la República Argentina Ltda.
8. Protección de las inversiones en la infraestructura de cooperativas que han desarrollado redes de nueva generación, en especial redes de fibra óptica. La compartición de la misma, conduciría al debilitamiento de las cooperativas que con mucho esfuerzo desarrollan su infraestructura. Eso llevaría a una menor inversión, suba de precios y sus servicios dejarían de ser asequibles, lo cual es contrario al espíritu de las mismas.
Agradecemos vuestra atención y apreciamos la consideración de lo planteado, tanto en forma presencial como por la presente. Es de suma importancia para que las cooperativas puedan continuar con su labor generando más inclusión y ayudando a reducir la brecha digital. Sin otro particular saludamos a Ud. muy atentamente.